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Pasaporte de Emergencia

 

Generalidades

  • Se realiza presencialmente en el Consulado.
  • Debe residir en la jurisdicción del consulado.
  • Debe agendar turno previamente al cantotramites@mrecic.gov.ar

ESTE PASAPORTE TIENE VIGENCIA DE 1 AÑO


Se otorga sólo en casos de extrema emergencia y ante la imposibilidad de obtener el pasaporte biométrico.
En el caso de argentinos residentes en jurisdicción de este Consulado, se tramitará obligatoriamente un Pasaporte biométrico junto con el de Emergencia.

REQUISITOS

•    DNI actualizado.

•   1 (una) FOTO: En color sobre fondo blanco, de frente con cabeza descubierta y sin anteojos de tamaño 1 1/2 x 1 1/2 pulgadas

•    Ultimo pasaporte y/o en caso de haberlo extraviado debe presentar la denuncia policiaL realizada ante autoridades correspondientes (CARABINEROS O PDI) donde conste su nombre completo, el número del reporte policial y el detalle del extravió de su pasaporte argentino.

•    Partida de nacimiento y fotocopia (si la tiene)

•    Prueba de la emergencia (pasaje en caso de viaje, certificado médico o carta de abogado).

•    En caso de cambio de estado civil: Presentar partida de matrimonio, divorcio o defunción. Las partidas que fueron emitidas fuera de Argentina deberán tener la Apostilla de la Haya.
 
Menores de 18 años
En caso de los menores de edad se debe presentar además:
•    Partida de nacimiento (obligatoria) 

•    Documentos de ambos padres que deberán estar presentes.En caso de ausencia de uno de los padres deberá presentar un permiso legalizado/apostillado o partida de defunción.

 

 

Fecha de actualización: 05/05/2021