SE EXIGE AUTORIZACIÓN DE VIAJE de ambos padres o de quien ejerza la patria potestad para los menores de 14 años, cualquiera sea su nacionalidad o categoría de ingreso a la República cuando viajen solos o acompañados por terceros y no sean aguardados en Argentina por quien o quienes ejercen la patria potestad. En todos los casos deberá presentarse la partida de nacimiento del menor.* (*) Las partidas de nacimiento o defunción y sentencias judiciales deben ser originales (no se aceptan fotocopias simples ni facsímiles). Si fuesen expedidos por autoridad extranjera, los documentos debe portar la Apostilla de la Convención de La Haya de 1961, y traducidos al español, y/o legalizados por el Consulado